Queda un mes para que termine el año y con el nuevo año llegan las subidas de impuestos. A partir del próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor un nuevo valor de referencia que determinará los impuestos que debe pagar quien compre una vivienda de segunda mano o quien herede o quien reciba en donación un inmueble.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha cambiado la forma de calcular la base imponible de tres impuestos relacionados con la vivienda: el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre el Patrimonio.
La base imponible de estos dos impuestos se calculará con el valor de referencia, y no con el valor real del inmueble.
¿Cómo se calculaba el pago de estos impuestos hasta ahora?
El pago de estos impuestos se calculaba a través del precio efectivo que se hubiera determinado en la compraventa del inmueble, pero ahora se hará con un cálculo medio del Catastro.
¿Cómo se va a calcular a partir de ahora?
El valor de mercado será calculado a partir de precios de compraventas de inmuebles, por lo que no será necesario asistir a la vivienda para comprobar el estado de conservación de la misma. Es decir, la Hacienda autonómica no realizará ninguna visita in situ del inmueble vendido, heredado o donado para constatar si el ciudadano ha tributado por el valor correcto, sino que se tomará como base imponible este nuevo valor de referencia.
Es decir, el valor catastral se calcula a través de una serie de parámetros establecidos por el municipio donde se encuentra el inmueble correspondiente, por lo que este valor se actualiza por Ley de Presupuestos, aunque no se realiza de forma simultánea para todos los municipios.
Tanto el valor de referencia como el catastral valorarán igual dos viviendas que sean exactamente iguales, aunque una esté reformada y la otra no. Es decir, ambos valores no tienen en cuenta las circunstancias propias de cada uno de los inmuebles.
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¿Cómo te afecta este cambio como comprador?
Como comprador de una vivienda de segunda mano, esta medida te afectará a través del Impuesto de Transmisión Patrimonial, pues ya no pagarás impuestos por el precio que te ha costado la casa, sino por su valor de mercado, que la ley indica que este es el valor aprobado por la Dirección General de Catastro, calculado a partir de precios de compraventas de inmuebles. Ya no se tendrá en cuenta si la vivienda se encuentra para reformar, si se compra a un precio inferior al de mercado, estado de conservación… Por lo que ya Hacienda no realizará comprobaciones in situ.
Además, como el catastro tendrá en cuenta el valor del mercado, se darán casos en los que Hacienda valorará las casas por encima del precio escriturado.
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